Resultado orientativo para operaciones domésticas en pesos. No considera exenciones especiales (actividades agrícolas, ganaderas, etc.) ni tu situación fiscal completa.
¿Por qué necesitas esto antes de facturar?
Cuando facturas honorarios, arrendamiento o comisión a una persona moral (empresa), la ley obliga a esa empresa a retenerte una parte del ISR y del IVA — ese dinero no te lo deposita a ti, se lo queda para enterarlo al SAT a tu nombre. El problema es que muchos negocian "voy a cobrar $20,000" sin saber si eso es el subtotal, el total de la factura o lo que va a llegar a su cuenta. Esta calculadora te lo aclara antes de timbrar el CFDI.
Tasas de retención vigentes 2026
| Concepto | Régimen General | RESICO |
|---|---|---|
| ISR — honorarios / arrendamiento / comisión | 10.00% | 1.25% |
| ISR — fletes, venta de bienes o desperdicios | No aplica | 1.25% |
| IVA — honorarios / arrendamiento / comisión | 2/3 del IVA trasladado (10.6667% a tasa 16%) | |
| IVA — fletes (autotransporte terrestre) | 4% fijo sobre el valor del servicio | |
| IVA — desperdicios / material para reciclaje | 100% del IVA trasladado | |
| IVA — venta de bienes | No aplica | |
Fundamento: artículos 106 y 116 (régimen general) y 113-J (RESICO) de la LISR; artículo 1-A, fracción II, de la LIVA (incisos a, b y c) y artículo 3 del Reglamento de la LIVA (fletes). Las retenciones solo aplican cuando quien te paga es persona moral. La retención de IVA del 6% por subcontratación especializada (antes fracción IV del art. 1-A LIVA) está derogada desde 2021 y no se incluye aquí.
El IVA y el ISR retenidos no los restas tú a mano de tu factura: los capturas en el apartado de "Impuestos Retenidos" al timbrar tu CFDI, y tu sistema de facturación (o el de quien te paga) hace el descuento automáticamente. Esta calculadora te sirve para saber, antes de negociar o facturar, qué cifras vas a ver ahí y cuánto es lo que realmente vas a recibir.
¿Cómo se calcula?
- Si ya sabes el subtotal (lo que vale tu servicio antes de impuestos), el sistema calcula el IVA trasladado, las retenciones y el neto.
- Si en cambio solo sabes cuánto quieres que te depositen, el sistema hace el cálculo al revés y te dice qué subtotal debes poner en la factura para que, después de impuestos y retenciones, te quede exactamente esa cantidad.
- Las retenciones solo se calculan si quien te paga es persona moral. Si te paga otra persona física, normalmente no hay retención y facturas el 100% del IVA sin descuentos.
- En venta de bienes (mercancía) nunca hay retención de IVA, y solo hay retención de ISR si tributas en RESICO (1.25%).
- En fletes (autotransporte terrestre de bienes) la retención de IVA es siempre del 4% fijo sobre el valor del servicio — no se calcula como 2/3 del IVA — y en Régimen General no hay retención de ISR.
- En venta de desperdicios o material para reciclaje (chatarra, plástico, papel, cartón, vidrio) la retención de IVA es del 100% del IVA trasladado.
¿Quieres que revisemos tu caso completo?
Esta calculadora te da un estimado rápido. Para tu factura real —con tu régimen, tu cliente y tu situación específica— escríbenos.
Escríbenos por WhatsAppEsta herramienta calcula un estimado de las retenciones de ISR e IVA aplicables a facturas (CFDI) de personas físicas conforme a los artículos 106, 116 y 113-J de la LISR, 1-A de la LIVA y 3 de su Reglamento, vigentes en 2026. No considera casos especiales (actividades del sector primario exentas de la retención RESICO, servicios a través de plataformas tecnológicas, subcontratación especializada u otros supuestos particulares) ni sustituye una asesoría fiscal personalizada. Verifica siempre tu caso con tu contador antes de facturar.