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Herramienta · RESICO 2026

Calculadora de ISR para RESICO (Personas Físicas)

Ingresa lo que cobraste este mes y obtén al instante la tasa aplicable y el pago provisional de ISR, según el artículo 113-E de la LISR.

Sin IVA. Solo lo efectivamente cobrado (con CFDI), no lo facturado.
Si una persona moral te retuvo 1.25%, ponlo aquí para acreditarlo.

Resultado orientativo. No considera obligaciones de IVA, retenciones adicionales, ni tu situación fiscal completa.

Tabla de tasas RESICO 2026 (pagos mensuales)

La tasa no es marginal: se ubica el total de ingresos cobrados en el mes dentro de su rango, y esa tasa se aplica sobre la totalidad del monto. Cada mes se calcula de forma independiente.

Ingresos del mes hastaTasa
$25,000.001.00%
$50,000.001.10%
$83,333.331.50%
$208,333.332.00%
$3,500,000.002.50%
Recuerda

El límite para permanecer en RESICO como persona física es de $3,500,000 de ingresos acumulados en el ejercicio. Si lo rebasas, dejas de tributar en RESICO desde el mes siguiente. La reforma propuesta para 2027 plantea subir este límite a $5,000,000 — puedes leer los detalles en nuestro blog sobre RESICO 2027.

¿Cómo se calcula?

  1. Suma los ingresos que efectivamente cobraste en el mes (los que ya tienen CFDI emitido), sin incluir el IVA.
  2. Ubica ese monto en la tabla: la tasa correspondiente es la del rango donde cae el total, no una tasa progresiva por tramos.
  3. Multiplica el total de ingresos del mes por esa tasa para obtener el ISR determinado.
  4. Si alguna persona moral te retuvo el 1.25% al pagarte, acredita esa retención contra el ISR determinado.
  5. El resultado es tu pago provisional de ISR, a presentar junto con tu declaración mensual antes del día 17.

¿Quieres que revisemos tu caso completo?

Esta calculadora te da un estimado rápido. Para tu declaración real —con IVA, retenciones y tu situación específica— escríbenos.

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Esta herramienta calcula un estimado del pago provisional mensual de ISR para RESICO personas físicas conforme al artículo 113-E de la LISR vigente en 2026. No sustituye una declaración presentada ante el SAT ni una asesoría fiscal personalizada. Verifica siempre tu cálculo con tu contador antes de presentar tu declaración.