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Blog · ISR 2027

Pérdidas fiscales 2027: el nuevo límite que propone la reforma

Empresas con ingresos superiores a $50 millones de pesos podrían enfrentar un tope del 50% para aplicar pérdidas de ejercicios anteriores contra su utilidad fiscal.

Entre los cambios menos comentados —pero de mayor impacto para empresas medianas y grandes— de la iniciativa de reforma del Paquete Económico 2027, está un nuevo límite a la aplicación de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Si te interesa este tema probablemente ya sabes que las pérdidas fiscales son una herramienta clave de planeación; esto es lo que cambiaría.

¿Cómo funciona hoy la aplicación de pérdidas fiscales?

Actualmente, una pérdida fiscal generada en un ejercicio se puede disminuir de la utilidad fiscal de los diez ejercicios siguientes, actualizada por inflación (INPC), sin un límite porcentual sobre cuánto se puede aplicar en un solo año: si tu utilidad fiscal del ejercicio lo permite, puedes amortizar toda la pérdida disponible de una sola vez.

Qué cambiaría con la reforma

La iniciativa propone limitar el monto de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que se puede aplicar contra la utilidad fiscal del ejercicio a un 50% de esa utilidad fiscal. El mecanismo aplicaría a personas morales residentes en México con ingresos acumulables superiores a $50 millones de pesos que determinen utilidad fiscal en el ejercicio.

En la práctica, esto significa que una empresa con pérdidas acumuladas importantes ya no podría "borrar" toda su utilidad fiscal del año aplicando la pérdida disponible: como mínimo, tendría que pagar ISR sobre el 50% restante de esa utilidad, incluso si cuenta con pérdidas suficientes para cubrir el 100%.

Punto clave

Esta medida no elimina el derecho a aplicar tus pérdidas fiscales ni acorta el plazo de 10 ejercicios para hacerlo. Lo que cambia es el ritmo: te tomará más ejercicios aplicar el mismo monto de pérdidas, y podrías pagar ISR antes de lo que tenías planeado.

Se combina con el nuevo límite a deducciones

La misma iniciativa propone, para el mismo grupo de contribuyentes (ingresos superiores a $50 millones de pesos), un tope a las deducciones autorizadas equivalente al 96.7% de los ingresos acumulados. Reportes sobre la iniciativa estiman que esta medida, en conjunto, podría afectar a un número considerable de empresas en ese rango de ingresos. Si tu empresa está cerca o por encima de ese umbral, conviene revisar el efecto combinado de ambos límites, no solo uno de ellos por separado.

¿A quién aplicaría?

Personas físicas y personas morales con ingresos menores a ese umbral no se verían afectadas por este límite específico, de acuerdo con la iniciativa presentada.

Qué pueden hacer las empresas desde ahora

Límite actualSin tope porcentual (dentro de 10 ejercicios)
Límite propuesto50% de la utilidad fiscal del ejercicio
Aplicaría aPersonas morales con ingresos > $50 millones
Vigencia propuesta1 de enero de 2027 (de aprobarse)

Si tu empresa tiene pérdidas fiscales pendientes de amortizar y se ubica cerca de este umbral de ingresos, lo más útil ahora es: revisar el saldo y la vigencia de tus pérdidas pendientes, proyectar tu utilidad fiscal 2027 bajo el nuevo límite, y estimar el impacto en tu flujo de efectivo por un posible pago de ISR anticipado. Nada de esto implica tomar decisiones definitivas todavía —la iniciativa sigue en proceso legislativo— pero sí te da margen para planear con tiempo.

¿Tu empresa tiene pérdidas fiscales pendientes de aplicar?

Proyectamos el impacto de este límite en tu situación específica antes de que entre en vigor.

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Este artículo describe una propuesta incluida en la iniciativa de reforma del Paquete Económico 2027, presentada el 8 de septiembre de 2026 y pendiente de discusión y aprobación por el Congreso de la Unión. Los detalles pueden cambiar antes de su publicación final. Este contenido tiene fines informativos y no sustituye una asesoría fiscal personalizada; verifica siempre la vigencia de la información con tu contador o en el portal del SAT.